ANTECEDENTES HISTÓRICOS

El 09 de Septiembre de 1942, fue fundado el Colegio Nacional de Técnicos en Contabilidad (Asociación de Contadores de Venezuela), pionero en Venezuela y en Latinoamérica, de las agrupaciones gremiales, miembro promotor, fundador patrocinador por Venezuela, de la Asociación Interamericana de Contabilidad (A.I.C.), Federación Internacional de Contadores, pioneros de la Contaduría en Venezuela, y el primero en presentar en el año 1951, ante la II Conferencia Interamericana de Contabilidad, celebrada en México, un Reglamento sobre ética profesional, así mismo, en la Revista El Contador, de 1969, publicada por el Colegio Nacional de Técnicos en Contabilidad (C.N.T.C.), aparece un resumen de los principios de contabilidad generalmente aceptados. Hoy "FEDERACIÓN NACIONAL DE COLEGIOS DE CONTADORES Y TÉCNICOS EN CONTABILIDAD DE VENEZUELA"

Introduce en los años 1945, 1955 y 1960, sendos Proyectos de Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública, por ante el extinto Congreso de la República. En ninguna de estas oportunidades, tales Proyectos fueron considerados.

Es a mediados del mes de Mayo de 1969, que se introduce un Proyecto de la Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública, por la Federación de Contadores Públicos y Administradores Comerciales de Venezuela.

En Asamblea Extraordinaria, celebrada el 09 de Mayo de 1969, el Colegio Nacional de Técnicos en Contabilidad, resolvió elaborar un Proyecto de Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública, contentivo de las modificaciones propuestas con anterioridad y presentarlo a la consideración del Congreso Nacional.

Es importante resaltar a fin de ilustrar a las nuevas generaciones de Contadores y al colectivo en general, que los Contadores Técnicos tenemos una historia, que data de más de 60 años de lucha y organización gremial, en pro de la Contaduría en el país.

El 12 de Julio de 1958, se crea por primera vez, el Colegio de Contadores Públicos y Administradores Comerciales de Venezuela.

En el año 1995, exactamente el 06 de Julio, en la Sesión de ese día, el extinto Congreso de la República de Venezuela, aprueba en primera discusión el Proyecto de "Ley de Reforma de la Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública"

Entre los aspectos más resaltantes, se encuentra la inclusión de un Título IV, de la Contaduría Técnica o Auditoría Interna, con lo cual se pretendía darle protección Legal al ejercicio del Contador Técnico, pero el proyecto no pasa de ahí en virtud que la Constitución del 61, solamente establecía la Colegiación obligatoria para las profesiones universitarias, de acuerdo al Único Parte del Artículo 82, de la Constitución ya comentada.

Es importante destacar, que la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, viene a restablecer el derecho a asociarse, que estaba limitado en la Constitución del 61, cuando el Constituyente del 99, incorpora los siguientes Artículos:

ARTÍCULO 52: Toda persona tiene el derecho de asociarse con fines lícitos, de conformidad con la Ley. El estado estará obligado a facilitar el ejercicio de este derecho.

ARTÍCULO 105: La Ley determinará las profesiones que requieren Título y las condiciones que deben cumplirse para ejercerlas, incluyendo la Colegiación.

APORTE:  C.C.T.E.A.

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